Acuerdo de protección de datos

El presente Acuerdo de Protección de Datos (el "APD") entrará en vigor el 25 de mayo de 2018.

El Cliente pondrá a disposición de GURTAM la información, incluidos los Datos Personales, y autoriza a GURTAM a procesarla para la prestación de los Servicios conforme al presente Contrato. Las partes han acordado suscribir este Acuerdo de Protección de Datos para confirmar las disposiciones relativas a la protección de datos que rigen su relación y para cumplir con los requisitos de la Ley de Protección de Datos aplicable.

1. Definiciones

1.1 A los efectos del presente Acuerdo de Protección de Datos:

2. Objeto, naturaleza y finalidad del tratamiento de datos personales por parte de GURTAM

2.1 El objeto, la naturaleza y la finalidad del tratamiento de datos personales en virtud del presente Acuerdo de Protección de Datos (APD) es la prestación por parte de GURTAM de los Servicios de la Plataforma Wialon (los "Servicios") según las instrucciones escritas del Cliente en el uso de los Servicios, salvo que la Ley de Protección de Datos exija lo contrario. En tal caso, en la medida permitida por la Ley de Protección de Datos, GURTAM informará al Cliente de este requisito legal antes de realizar el tratamiento. GURTAM solo recopilará o tratará datos personales durante el período de prestación de los Servicios, en la medida y de la forma que sea necesaria para la prestación de los Servicios y de conformidad con el APD y la Ley de Protección de Datos aplicable a GURTAM.

3. Duración

3.1 El tratamiento de los Datos Personales será realizado por GURTAM mientras exista la Cuenta Wialon del Cliente o según sea necesario para el cumplimiento de las obligaciones y derechos entre GURTAM y el Cliente, a menos que se acuerde lo contrario por escrito.

4. Tipo de datos personales tratados

4.1 El Cliente podrá enviar Datos Personales del Cliente a los Servicios, cuyo alcance será determinado y controlado por el Cliente a su entera discreción, y que podrá incluir, entre otras, las siguientes categorías de Datos Personales:

5. Obligaciones de GURTAM

5.1 GURTAM acepta y/o garantiza:

6. Obligaciones del cliente

6.1 El Cliente acepta y/o garantiza:

7. Medidas técnicas y organizativas

7.1 GURTAM adoptará las medidas técnicas y organizativas apropiadas para proteger adecuadamente los Datos Personales contra la destrucción, pérdida, alteración, divulgación no autorizada o acceso no autorizado a los mismos, ya sea accidental o ilícito, tal como se describe en el Anexo 1. Dichas medidas incluyen, entre otras, medidas físicas y de TI, y medidas organizativas para:

7.2 Las medidas técnicas y organizativas están sujetas al progreso técnico y al desarrollo posterior. En este sentido, GURTAM podrá implementar medidas alternativas adecuadas; sin embargo, el nivel de seguridad de las medidas definidas nunca deberá verse reducido. Los cambios importantes deberán documentarse.

8. Subprocesadores

8.1 El Cliente acepta que GURTAM pueda contratar a una filial de GURTAM o a terceros para procesar Datos Personales con el fin de ayudar a GURTAM a prestar los Servicios en nombre del Cliente ("Subencargados del tratamiento"). GURTAM ha celebrado o celebrará un acuerdo por escrito con cada Subencargado del tratamiento que contendrá obligaciones de protección de datos no menos estrictas que las establecidas en este Acuerdo de Protección de Datos, en la medida en que sean aplicables a la naturaleza de los Servicios prestados por dicho Subencargado del tratamiento. Si el Subencargado del tratamiento procesa los Servicios fuera de la UE/EEE, GURTAM garantizará que la transferencia se realice de conformidad con las cláusulas contractuales tipo aprobadas por la Comisión Europea para la transferencia de Datos Personales que el Cliente autorice a GURTAM a suscribir en su nombre, o que se utilicen otros mecanismos legales apropiados para la transferencia de datos.

8.2 Los subencargados del tratamiento actuales para los Servicios se encuentran en https://gurtam.com/en/sub-processors/ ("Lista de subencargados del tratamiento") y el Cliente acepta y aprueba que GURTAM haya contratado a dichos subencargados para procesar los Datos Personales según lo establecido en la lista. GURTAM notificará la incorporación de nuevos subencargados del tratamiento antes de autorizar a cualquier nuevo subencargado del tratamiento a procesar Datos Personales en relación con la prestación del Servicio correspondiente.

8.3 GURTAM notificará al Cliente con treinta (30) días de anticipación sobre cualquier cambio previsto en relación con la adición o sustitución de cualquier Subprocesador, durante cuyo período el Cliente podrá presentar objeciones al nombramiento del Subprocesador. Cualquier objeción deberá presentarse de inmediato (y en cualquier caso, no más tarde de catorce (14) días después de la notificación de GURTAM sobre los cambios previstos). Si GURTAM decide mantener al Subprocesador objetado, GURTAM notificará al Cliente con al menos catorce (14) días de anticipación antes de autorizar al Subprocesador a procesar Datos Personales y, entonces, el Cliente podrá dejar de utilizar inmediatamente la parte correspondiente de los Servicios y podrá rescindir dicha parte de los Servicios.

8.4 Para evitar cualquier duda, cuando cualquier subprocesador no cumpla con sus obligaciones en virtud de cualquier acuerdo de subprocesamiento o de la ley aplicable, GURTAM seguirá siendo totalmente responsable ante el Cliente por el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente DPA.

9. Auditoría

9.1 Para confirmar el cumplimiento de este Acuerdo de Protección de Datos (APD), el Cliente podrá realizar una auditoría designando a un tercero independiente, quien estará obligado a mantener la confidencialidad al respecto. Dicha auditoría deberá realizarse durante el horario laboral habitual de GURTAM y solo se permitirá en la medida necesaria para que el Cliente evalúe el cumplimiento de este APD por parte de GURTAM. En relación con dicha auditoría, el Cliente se asegurará de que el auditor: (a) revise toda la información en las instalaciones de GURTAM; (b) respete el acceso razonable a las instalaciones y otras restricciones razonablemente impuestas por GURTAM; (c) cumpla con las políticas y procedimientos de GURTAM; y (d) no interfiera indebidamente con las actividades comerciales de GURTAM. GURTAM se reserva el derecho de restringir o suspender cualquier auditoría en caso de incumplimiento de las condiciones especificadas en esta Sección 9.

9.2 En caso de que el Cliente, un regulador o una autoridad de protección de datos requiera información adicional o una auditoría relacionada con los Servicios, GURTAM acepta someter sus instalaciones de procesamiento de datos, archivos de datos y documentación necesaria para el procesamiento de Datos Personales a una auditoría realizada por el Cliente (o cualquier tercero, como agentes de inspección o auditores, seleccionados por el Cliente) para verificar el cumplimiento del presente Acuerdo de Protección de Datos, siempre que se le notifique y el auditor suscriba un acuerdo de confidencialidad directamente con GURTAM. GURTAM se compromete a brindar una cooperación razonable al Cliente durante dichas operaciones, incluyendo el suministro de toda la información pertinente y el acceso a todos los equipos, software, datos, archivos, sistemas de información, etc., utilizados para la prestación de los Servicios, incluido el procesamiento de Datos Personales. Dichas auditorías se realizarán a cargo del Cliente.

9.3 La auditoría solo podrá realizarse cuando existan motivos específicos para sospechar el uso indebido de Datos Personales, y no antes de dos semanas después de que el Cliente haya proporcionado una notificación por escrito a GURTAM.

9.4 Las partes discutirán y evaluarán los resultados de la auditoría realizada y, en su caso, los implementarán según corresponda, ya sea por una de las partes o conjuntamente por ambas. El Cliente sufragará los gastos de la auditoría.

10. Notificación de una violación de datos

10.1 En caso de que GURTAM tenga conocimiento de cualquier violación de seguridad que resulte en la destrucción accidental, no autorizada o ilícita, o la divulgación no autorizada o el acceso a Datos Personales, GURTAM notificará al Cliente, en la medida de lo posible y sin demora indebida, tras lo cual el Cliente determinará si informa o no a los interesados y/o a la(s) autoridad(es) reguladora(s) pertinente(s). Esta obligación de informar se aplica independientemente del impacto de la fuga. GURTAM se esforzará por que la información proporcionada sea completa, correcta y precisa.

10.2 Si así lo exige la ley o la normativa, GURTAM cooperará en la notificación a las autoridades competentes y/o a los interesados. El Cliente seguirá siendo responsable de las obligaciones legales correspondientes.

10.3 La obligación de informar incluye en todo caso la obligación de informar del hecho de que se ha producido una fuga, incluyendo detalles sobre:

11. Eliminación y devolución de datos personales

11.1 Las partes acuerdan que, al finalizar la prestación de servicios de tratamiento de datos, GURTAM y sus subcontratistas, a elección del Cliente, devolverán todos los Datos Personales transferidos y sus copias al Cliente o bien destruirán todos los Datos Personales y certificarán al Cliente que lo han hecho, salvo que la legislación aplicable a GURTAM le impida devolver o destruir la totalidad o parte de los Datos Personales transferidos. En ese caso, GURTAM garantiza que garantizará la confidencialidad de los Datos Personales transferidos y no los tratará activamente más. GURTAM y sus subcontratistas garantizan que, a solicitud del Cliente y/o de la autoridad de control, someterán sus instalaciones de tratamiento de datos a una auditoría de las medidas a que se refiere el apartado 9.

12. Ley aplicable/Jurisdicción

12.1 El presente Acuerdo de Protección de Datos se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de Lituania.

12.2 Cualquier reclamación, disputa o controversia que surja en virtud del presente Acuerdo de Protección de Datos (APD), su incumplimiento, rescisión o validez, y que no haya sido resuelta mediante negociaciones de buena fe entre GURTAM y el Cliente dentro de un plazo de treinta (30) días naturales a partir de la recepción de una notificación de una de las partes solicitando negociaciones, se resolverá mediante arbitraje final y vinculante ante el Tribunal de Arbitraje Comercial de Vilna, de conformidad con su Reglamento de Arbitraje vigente en la fecha del APD. Las disputas serán resueltas por un árbitro único. El procedimiento arbitral se llevará a cabo en Vilna, Lituania. El lugar del arbitraje será Vilna, Lituania. El idioma del arbitraje será el inglés. Los documentos pertinentes en otros idiomas se traducirán al inglés si así lo ordenan los árbitros. Todos los gastos y costas de los árbitros y del arbitraje se compartirán a partes iguales, salvo que GURTAM y el Cliente correrán cada uno con los gastos de su propia defensa y representación, incluyendo, entre otros, los honorarios de los abogados y la presentación de testigos y otras pruebas. El laudo arbitral que se dicte será definitivo y podrá ser ejecutado por cualquiera de las partes.

12.3 Las partes acuerdan mantener estrictamente confidenciales todos los detalles de los procedimientos de arbitraje y del laudo arbitral, y harán todos los esfuerzos razonables para tomar las medidas que sean apropiadas para evitar la divulgación no autorizada de los procedimientos, cualquier información revelada en relación con los mismos y el laudo otorgado.

Apéndice n.º 1

Descripción de las medidas técnicas y organizativas implementadas por GURTAM:

GURTAM implementará las medidas descritas en este anexo, siempre que dichas medidas contribuyan, directa o indirectamente, o puedan contribuir, a la protección de los Datos Personales durante el período de prestación de los Servicios de GURTAM al Cliente. Si GURTAM considera que una medida no es necesaria para el Servicio correspondiente o parte del mismo, lo justificará y llegará a un acuerdo con el Cliente.

Las medidas técnicas y organizativas están sujetas al progreso y desarrollo tecnológico. En este sentido, GURTAM está autorizada a implementar medidas alternativas adecuadas. El nivel de seguridad debe ajustarse a las mejores prácticas de seguridad del sector y no ser inferior a las medidas aquí establecidas. Todos los cambios importantes deberán ser acordados con el Cliente y documentados.

1. Gestión de riesgos

1.1 Gestión de riesgos de seguridad

1.1.1 GURTAM identificará y evaluará los riesgos de seguridad relacionados con la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad y, sobre la base de dicha evaluación, implementará medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo.

1.1.2 GURTAM deberá contar con procesos y rutinas documentados para el manejo de riesgos dentro de sus operaciones.

1.1.3 GURTAM evaluará periódicamente los riesgos relacionados con los sistemas de información y el procesamiento, almacenamiento y transmisión de información.

1.2 Gestión de riesgos de seguridad para datos personales

1.2.1 GURTAM identificará y evaluará los riesgos de seguridad relacionados con la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad y, basándose en dicha evaluación, implementará medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo de los tipos y fines específicos de Datos Personales que procesa GURTAM, incluyendo, entre otros, según corresponda:

1.2.2 GURTAM deberá contar con procesos y rutinas documentados para el manejo de riesgos al procesar Datos Personales en nombre del Cliente.

1.2.3 GURTAM evaluará periódicamente los riesgos relacionados con los sistemas de información y el procesamiento, almacenamiento y transmisión de Datos Personales.

1.3 Políticas de seguridad de la información

1.3.1 GURTAM deberá contar con un sistema de gestión de seguridad de la información definido y documentado, que incluya una política y procedimientos de seguridad de la información, los cuales deberán ser aprobados por la dirección de GURTAM. Dichos procedimientos deberán publicarse dentro de la organización de GURTAM y comunicarse al personal pertinente de GURTAM.

1.3.2 GURTAM revisará periódicamente sus políticas y procedimientos de seguridad y los actualizará si es necesario para garantizar su cumplimiento con este Apéndice.

2. Organización de la seguridad de la información

2.1 GURTAM deberá tener roles y responsabilidades de seguridad definidos y documentados dentro de su organización.

2.2 GURTAM designará al menos a un responsable de protección de datos que tenga la competencia de seguridad adecuada y que tenga la responsabilidad general de implementar las medidas de seguridad descritas en este Anexo y que será la persona de contacto para el personal de seguridad del Cliente.

3. Seguridad de los recursos humanos

3.1 GURTAM garantizará que el personal de GURTAM maneje la información de acuerdo con el nivel de confidencialidad requerido por la Ley de Protección de Datos.

3.2 GURTAM garantizará que el personal pertinente de GURTAM esté al tanto del uso aprobado (incluidas las restricciones de uso, según corresponda) de la información, las instalaciones y los sistemas en virtud del DPA.

3.3 GURTAM garantizará que todo el personal de GURTAM que realice tareas en virtud del presente Acuerdo sea digno de confianza, cumpla con los criterios de seguridad establecidos y haya sido, y durante la vigencia de la asignación continúe siendo, objeto de una evaluación y verificación de antecedentes apropiadas.

3.4 GURTAM garantizará que el personal de GURTAM con responsabilidades de seguridad esté debidamente capacitado para llevar a cabo las tareas relacionadas con la seguridad.

3.5 GURTAM proporcionará o garantizará capacitación periódica en materia de seguridad al personal pertinente de GURTAM. Dicha capacitación de GURTAM incluirá, entre otros aspectos:

4. Control de acceso

GURTAM deberá contar con una política de control de acceso definida y documentada para las instalaciones, sitios, red, sistema, aplicación y acceso a información/datos (incluidos controles de acceso físico, lógico y remoto), un proceso de autorización para el acceso y los privilegios de los usuarios, procedimientos para revocar los derechos de acceso y un uso aceptable de los privilegios de acceso para el personal de GURTAM.

GURTAM deberá contar con un proceso formal y documentado de registro y baja de usuarios para permitir la asignación de derechos de acceso.

GURTAM asignará todos los privilegios de acceso basándose en el principio de necesidad de saber y el principio de mínimo privilegio.

GURTAM utilizará una autenticación robusta (multifactor) para los usuarios de acceso remoto y los usuarios que se conecten desde una red no segura.

GURTAM garantizará que su personal disponga de un identificador personal y único (ID de usuario) y que utilice una técnica de autenticación adecuada que confirme y garantice la identidad de los usuarios.

5. Seguridad física y ambiental

GURTAM protegerá las instalaciones de procesamiento de información contra amenazas y riesgos externos y ambientales, incluyendo fallas en el suministro eléctrico y el cableado, así como otras interrupciones causadas por fallas en los servicios básicos. Esto incluye la protección del perímetro físico y del acceso.

6. Seguridad de las operaciones

GURTAM deberá contar con un sistema de gestión de cambios establecido para realizar modificaciones en los procesos de negocio, las instalaciones y los sistemas de procesamiento de información. Este sistema incluirá pruebas y revisiones previas a la implementación de los cambios, tales como procedimientos para gestionar cambios urgentes, procedimientos de reversión para recuperarse de cambios fallidos y registros que indiquen qué se ha modificado, cuándo y quién lo ha hecho.

GURTAM implementará medidas de protección contra malware para garantizar que cualquier software utilizado para la prestación de los Servicios por parte de GURTAM al Cliente esté protegido contra el malware.

GURTAM realizará copias de seguridad de la información crítica y probará dichas copias para garantizar que la información pueda restaurarse según lo acordado con el Cliente.

GURTAM registrará y supervisará las actividades, tales como la creación, lectura, copia, modificación y eliminación de datos procesados, así como las excepciones, fallos y eventos de seguridad de la información, y revisará periódicamente dicha información. Asimismo, GURTAM protegerá y almacenará (durante al menos 6 meses o el/los período/s establecido/s por la Ley de Protección de Datos) la información de registro y, previa solicitud, proporcionará los datos de supervisión al Cliente. Las anomalías, incidentes o indicadores de vulneración se notificarán de acuerdo con los requisitos de gestión de violaciones de datos establecidos en la cláusula 9.

GURTAM gestionará de forma proactiva y oportuna las vulnerabilidades de todas las tecnologías relevantes, como sistemas operativos, bases de datos y aplicaciones.

GURTAM establecerá parámetros de seguridad básicos (refuerzo) para todas las tecnologías pertinentes, como sistemas operativos, bases de datos y aplicaciones.

GURTAM garantizará que el entorno de desarrollo esté separado del entorno de pruebas y producción.

7. Seguridad de las comunicaciones

GURTAM implementará controles de seguridad de red, tales como niveles de servicio, cortafuegos y segregación, para proteger los sistemas de información.

8. Relación de GURTAM con sus subproveedores

GURTAM deberá reflejar el contenido de este Anexo en sus acuerdos con los subencargados del tratamiento que realicen las tareas asignadas en virtud del Acuerdo de Protección de Datos.

GURTAM supervisará, revisará y auditará periódicamente el cumplimiento del presente Apéndice por parte del Subprocesador.

GURTAM proporcionará, a solicitud del Cliente, pruebas sobre el cumplimiento del presente Apéndice por parte del Subprocesador.

9. Gestión de violaciones de datos

GURTAM deberá haber establecido procedimientos para la gestión de violaciones de datos.

GURTAM informará al Cliente sobre cualquier violación de datos (incluidos, entre otros, los incidentes relacionados con el tratamiento de Datos Personales) lo antes posible, pero a más tardar dentro de las 36 horas posteriores a la identificación de la violación de datos.

Toda notificación de incidentes relacionados con la seguridad deberá tratarse como información confidencial y cifrarse utilizando métodos de cifrado estándar del sector.

El informe de violación de datos deberá contener como mínimo la siguiente información:

En la medida en que sea legalmente posible, GURTAM podrá reclamar una indemnización por los servicios de apoyo prestados en virtud de esta cláusula 9 que no sean atribuibles a fallos por parte de GURTAM.

10. Gestión de la continuidad del negocio

GURTAM identificará los riesgos para la continuidad del negocio y tomará las medidas necesarias para controlarlos y mitigarlos.

GURTAM deberá contar con procesos y rutinas documentados para gestionar la continuidad del negocio.

GURTAM garantizará que la seguridad de la información esté integrada en los planes de continuidad del negocio.

GURTAM evaluará periódicamente la eficacia de su gestión de la continuidad del negocio y el cumplimiento de los requisitos de disponibilidad (si los hubiere).